Consejo Quintanarroense de Humanidades, Ciencias y Tecnologías

Obligaciones de Transparencia

Aquí podrá acceder a la información Pública del Organismo, para cumplir con sus Obligaciones de Transparencia establecidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Quintana Roo, de acuerdo con la Tabla de Aplicabilidad aprobada por el Instituto Quintanarroense de Transparencia para el Pueblo.

OBLIGACIONES COMUNES OBLIGACIONES ESPECIFICAS
Artículo 75. Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público de manera permanente y actualizada de forma sencilla, precisa y entendible, en la Plataforma Nacional y en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:Artículo 76. Los Sujetos Obligados deberán informar a las Autoridades Garantes Estatales, según corresponda, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones del artículo anterior que les resultan aplicables para efecto de que dichas Autoridades Garantes Estatales las validen.Artículo 77. Además de las obligaciones de transparencia común a que se refiere el Capítulo II del presente Título, los Sujetos Obligados del Poder Ejecutivo del Estado y de los Municipios deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información, en el ámbito de su competencia:
I. El marco normativo aplicable al Sujeto ObligadoTablas de aplicabilidad y de actualización y conservación de la información públicaI. El Plan Estatal de Desarrollo
II. Estructura orgánica completa II. El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados
III. Las facultades de cada área; VII. Los proyectos de disposiciones administrativas,
IV. Las metas, objetivos e indicadores de las áreas del Sujeto Obligado de conformidad con los programas operativos; IX. El calendario con las actividades culturales, deportivas y recreativas a realizar
V. Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que, conforme a las funciones, deban establecer, así como los que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; XXXIX. El padrón de personas beneficiarias
VI. El directorio de todas las personas servidoras públicas, a partir del nivel de jefatura de departamento o su equivalente o de menor nivel, cuando se brinde atención al público, manejen o apliquen recursos públicos, realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base  
VII. La remuneración bruta y neta de todas las personas servidoras públicas de base o de confianza  
VIII. Los gastos de representación y viáticos  
IX. El número total de las plazas y del personal de base y de confianza,  
X. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios  
XI. La información en versión pública de las declaraciones patrimoniales de las personas servidoras públicas  
XII. El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información  
XIII. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos, en los sistemas habilitados  
NO APLICA XIV. Los programas, subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio  
XV. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos  
XVI. La información curricular, desde el nivel de jefatura de departamento o equivalente, hasta la persona titular del Sujeto Obligado  
XVII. El listado de personas servidoras públicas con sanciones administrativas firmes  
XVIII. Los servicios y trámites que se ofrecen  
XIX. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás disposiciones jurídicas aplicables  
NO APLICA XX. La información relativa a la deuda pública, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables  
XXI. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial que permita identificar tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña  
XXII. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal del Sujeto Obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan  
XXIII. El resultado de la dictaminación de los estados financieros;  
XXIV. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos  
XXV. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando las personas titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social de la persona titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios o recursos públicos, así como las clausuras, multas, suspensiones, revocaciones o cualquier procedimiento administrativo que se realice, con sus resoluciones emitidas en el mismo, especificando la falta administrativa, los procedimientos, el fundamento, vigencia, tipo, términos, condiciones y modificaciones;  
XXVI. La información sobre los resultados de los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, y de los contratos celebrados  
XXVII. Los informes que generen de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables  
XXVIII. Las estadísticas que generen en cumplimiento de facultades, competencias o funciones  
XXIX. Los informes de avances programáticos o presupuestales, balances generales y estado financiero  
XXX. El padrón de proveedores y contratistas en los sistemas habilitados para ello, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables  
XXXI. Los convenios de coordinación y concertación con los sectores social y privado  
XXXII. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad  
XXXIII. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención  
XXXIV. Las resoluciones que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio  
XXXV. Los mecanismos de participación ciudadana  
XXXVI. Los programas que se ofrece  
XXXVII. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia del Sujeto Obligado  
XXXVIII. Las evaluaciones y encuestas que haga el Sujeto Obligado a programas financiados con recursos públicos  
XXXIX. Los estudios financiados con recursos públicos  
XL. El listado de personas jubiladas y pensionadas y el monto que reciben  
XLI. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de las personas responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino  
XLII. Las donaciones hechas a terceros en dinero o en especie  
XLIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental  
XLIV. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan los consejos consultivos  
NO APLICA XLV. El listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legalesdel requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente  
NO APLICA XLVI. Los nombres con fotografía de las personas inspectoras, visitadoras o supervisoras, por áreas, en el caso de los Sujetos Obligados donde exista dicha figura, de conformidad a la normatividad aplicable  
XLVII. Todo mecanismo de presentación directa de peticiones, opiniones, quejas, denuncias, o sugerencias  
XLVIII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la prevista en otras disposiciones jurídicas aplicables.